El Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Munera, ha presentado una moción al Pleno de la Corporación para instar al Gobierno de la Nación y al Ministerio de Industria la paralización de la construcción del Almacén Temporal Centralizado en nuestra Región.
Antonio Cuadrado Muñoz, Portavoz del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Munera, al amparo de lo dispuesto en el art. 97/3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta ante el Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN:
Exposición de los motivos:
El día 30 de diciembre de 2011, el Consejo de Ministros tomó el acuerdo “POR EL QUE SE APRUEBA LA DESIGNACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO DEL ALMACÉN TEMPORAL CENTRALIZADO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR GASTADO Y RESIDUOS RADIACTIVOS DE ALTA ACTIVIDAD Y SU CENTRO TECNOLÓGICO ASOCIADO” en el Municipio de Villar de Cañas, provincia de Cuenca.
El Almacén Temporal Centralizado (ATC), será una instalación para almacenar la totalidad de los residuos nucleares pasados, presentes y futuros, incluidos los que actualmente están en Francia.
La decisión se tomó contra los acuerdos de instituciones tales como los Parlamentos español y regional o la propia Diputación Provincial de Cuenca, las cuales manifestaron su más rotundo rechazo esa posibilidad. Así, el 23 de febrero de 2010, el Congreso de los Diputados instó al Gobierno de España a que para albergar el emplazamiento ATC debía asegurarse la consecución del mayor consenso social, territorial e institucional, especialmente con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales afectadas, no dándose tal circunstancia en este caso, pues institucionalmente el Parlamento regional tomó acuerdo el 1 de febrero de 2010 oponiéndose a que en Villar de Cañas se instalase ATC, ni los acuerdos de la Diputación Provincial (29 de enero de 2010 y 11 de marzo de 2009), ni de los Ayuntamientos que en el mismo sentido han planteado su oposición a esta instalación.
Tampoco existe acuerdo social, pues son muchos los ciudadanos y colectivos sociales que ya se han opuesto y los que se están posicionando contra la decisión del Consejo de Ministros.
El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) acordó en su reunión del lunes 27 de julio de 2015, con cuatro votos a favor y un voto en contra, informar favorablemente y remitir al Ministerio de Industria el informe preceptivo y vinculante, asociado al proceso de licenciamiento, autorización previa de la instalación nuclear de Almacenamiento Temporal Centralizado en la localidad de Villar de Cañas, correspondiendo al Ministerio otorgar la autorización administrativa.
El informe del CSN señala que desde el punto de vista de la seguridad, la evaluación técnica realizada constata que el emplazamiento propuesto no presenta «fenómenos excluyentes». No obstante, apunta que del análisis normativo se deriva que las características del emplazamiento (principalmente en relación con aspectos geológico-geotécnico, hidrogeológico y de estabilidad del terreno) condicionan el diseño del ATC y que los fenómenos asociados a las características del terreno recomiendan «complementar la seguridad intrínseca del diseño».
Además, añade que, adicionalmente, y al objeto de garantizar que las condiciones de seguridad nuclear y protección radiológica se mantienen a lo largo de la vida de la instalación (desde el inicio de las actividades de excavación), el CSN requiere el seguimiento de las condiciones y fenómenos del emplazamiento, mediante la aplicación de planes de medidas complementarias, compensatorias y de vigilancia.
Cristina Narbona, vocal del CSN, en la argumentación de su voto particular negativo expone entre otros:
- “Que un Almacén Temporal Centralizado (ATC) de combustible nuclear gastado y residuos de alta actividad es una instalación nuclear (de alto riesgo potencial). Por lo tanto, las condiciones para su emplazamiento, construcción y explotación deben ser óptimas, teniendo en cuenta que la seguridad es el resultado de un conjunto de factores estructurales, operativos y organizacionales (factores, todos ellos, completamente interdependientes e interrelacionados).
- Que muchos de los informes técnicos de evaluación y notas informativas elaboradas por varias áreas de la Dirección Técnica de Seguridad Nuclear (DSN) del CSN alertan con claridad sobre la mala calidad de los terrenos de la parcela escogida en el municipio de Villar de Cañas (Cuenca) para albergar un ATC. A la luz de tales informes, se trata de terrenos inadecuados tanto desde el punto de vista de la seguridad como desde el punto de vista del previsible incremento del coste que implicaría la construcción del ATC en ese emplazamiento (en caso de llevarse finalmente a cabo).
- Que las conclusiones de algunos de los informes realizados por el Área de Ciencias de la Tierra (CITI) confirman las características desfavorables en el terreno de cimentación del ATC. Así, por ejemplo, una de las conclusiones afirma textualmente lo siguiente:
“La evaluación realizada acerca de la idoneidad del emplazamiento propuesto por ENRESA para el ATC concluye que no se puede afirmar que resulte idóneo, para el estado actual de los trabajos de caracterización. Ello se debe a que se ha constatado que los terrenos en los que se asienta dicho emplazamiento presentan diversas características desfavorables, identificadas en los estudios de caracterización realizados por ENRESA, relativas a la presencia de materiales yesíferos y materiales arcillosos en contacto con el agua. Además, la valoración cuantitativa de dichas características indica la existencia de amplios rangos de incertidumbre.”
El Ilustre Colegio Oficial de Geólogos, en una comunicación publicada el 28 de julio de 2015, considera que la designación del Almacén Temporal Centralizado de Villar de Cañas, Cuenca, supondrá “elevadísimos sobrecostes no cuantificados todavía que acabaremos pagando a través del recibo de la luz”.
El Colegio de Geólogos cree que es una “mala práctica” dar la autorización de emplazamiento “sin haber solicitado un análisis de coste-beneficio para poder fundamentar su decisión”.
Por tanto, el Colegio de Geólogos reitera que los sobrecostes de las obras públicas e infraestructuras se deben a una “mala planificación y a unos estudios previos inadecuados que no contemplan debidamente las variables geológicas en la toma de decisiones”.
En ese sentido, el Colegio recuerda que existen “informes geológicos desfavorables” a ubicar una infraestructura como el ATC en ese tipo de terrenos. “Este almacén se planificó atendiendo a unos parámetros económicos que estarían cuestionados con la información de la que disponemos ahora”.
El 28 de julio de 2015, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha adoptó un acuerdo por el que se inicia el procedimiento para la ampliación de 1.000 a 25.000 hectáreas del Espacio Protegido Red Natura 2000 en la Laguna de El Hito, y de la modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural de la Laguna, con lo que se establece un período de información y participación pública.
La publicación de este acuerdo en el DOCM recoge la directiva europea 2009/147/CE relativa a la conservación de las aves silvestres, que establece en su artículo 4.1 que los Estados Miembros clasificarán como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) los territorios más adecuados en número y superficie para la conservación de ciertas especias, así como para la de las demás especies migratorias de presencia regular, especialmente en lo que se refiere a la protección de sus enclaves de reproducción, muda, invernada y descanso.
Para el cumplimiento de esta obligación, mediante el Decreto 82/2005 fue designada la ZEPA de la Laguna del Hito.
Dentro de dichas Zonas, la directiva también señala que los Estados evitarán la contaminación, el deterioro de los hábitats y las perturbaciones que afecten a las aves.
La Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, establece en su artículo 3 que los Estados Miembros contribuirán a la constitución de la Red Natura 2000 en función de la representación que tengan en su territorio los tipos de hábitats naturales y los hábitats de especies recogidos en los Anexos I y II. Con tal fin, cada Estado miembro designará lugares y zonas especiales de conservación.
Para el cumplimiento de esta obligación, mediante el Decreto 26/2015, se declararon como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) 40 Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) entre ellos el espacio “Laguna del Hito”.
Desde el Ayuntamiento de Munera somos conscientes que quedan constatadas dudas razonables sobre la idoneidad de la construcción del ATC en Villar de Cañas, más aun teniendo en cuenta la proximidad geográfica de esta instalación a nuestro a nuestro municipio.
Por todo lo cual el Grupo Municipal Socialista y en su nombre el Portavoz del mismo, formula esta MOCIÓN y proponemos al pleno la adopción de los siguientes ACUERDOS:
- El Ayuntamiento de Munera rechaza la instalación del Almacén Temporal Centralizado de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos de alta actividad y su Centro Tecnológico Asociado” en el municipio de Villar de Cañas, provincia de Cuenca.
- El Ayuntamiento de Munera insta al Ministerio de Industria a la paralización de la construcción del Almacén Temporal Centralizado en Villar de Cañas ya que no se ha garantizado la idoneidad de los terrenos, pudiendo afectar a la seguridad de la instalación.
- El Ayuntamiento de Munera respalda y muestra su apoyo al acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de Castilla la Mancha con fecha de 28 de julio de 2015 por el que se amplía el Espacio Protegido Red Natura 2000 en la Laguna de El Hito, y de la modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural de la Laguna.
- Dar traslado de estos acuerdos con la máxima celeridad al Gobierno de España, al Ministerio de Industria Energía y Turismo, a las Cortes Regionales de Castilla-la Mancha, al Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Diputación de Albacete, a la Diputación de Cuenca y a los portavoces de los grupos políticos representados en estas instituciones.
En Munera, día 5 de agosto de 2015
Fdo.: Antonio Cuadrado Muñoz
AL PLENO DE LA CORPORACIÓN